El borrador se puede obtener bien mediante su recepción en domicilio a través del envío postal, o bien por Internet a través de Renta WEB, desde el 5 de abril hasta el 30 de junio de 2017.
¿Cuándo y cómo conseguir el borrador?
El borrador se puede obtener bien mediante su recepción en domicilio a través del envío postal, o bien por Internet a través de Renta WEB, desde el 5 de abril hasta el 30 de junio de 2017.
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Por Internet, con certificado electrónico o DNIe, con Cl@ve PIN o con el número de referencia.
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Por correo ordinario si cumple los requisitos de envío por correo.
¿Quién puede obtener el borrador de declaración?
Los contribuyentes obligados o no obligados a presentar declaración de Renta podrán tener acceso a un borrador de declaración de Renta 2016.
La Agencia Tributaria confeccionará y pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador con los datos de que disponga a la fecha en que se emitan los envíos a domicilio y lo pondrá a disposición de los contribuyentes. En otro caso el contribuyente podrá obtenerlo a través de Renta WEB. Cuando la Agencia Tributaria no disponga de todos los datos necesarios incluirá avisos en la tramitación de RENTA WEB para que el contribuyente complete o aporte los datos que falten.
Los contribuyentes podrán, no obstante, recibir o consultar sus datos fiscales.
¿Cómo presentar o confirmar el borrador?
1.- Si el resultado del borrador es a DEVOLVER se podrá confirmar y presentar:
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Por Internet, entrando en "Renta 2016", en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB)”. Puede hacerlo con su NIF y con el número de referencia facilitado por la Agencia Tributaria o con la Cl@ve PIN o con certificado o DNI electrónico.
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Por teléfono en el 901 200 345/91 535 68 13 (de lunes a viernes de 9 a 21 horas) ,siempre que el contribuyente, por el origen de sus rentas, se encuentre dentro del perfil de asistencia telefónica.
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En los cajeros automáticos, banca electrónica o banca telefónica, o cualquier otro sistema no presencial de las entidades colaboradoras que prestan este servicio.
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En cualquier oficina sita en territorio español de una entidad colaboradora autorizada (Bancos, Cajas de Ahorro o Cooperativas de Crédito), en la que el contribuyente tenga la cuenta señalada para la devolución.
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En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales.
No obstante, si el borrador es a devolver y se renuncia a la devolución, solamente puede presentarse o confirmarse por Internet, por teléfono o en las oficinas de la Agencia Tributaria.
2.- Si el resultado del borrador es a INGRESAR:
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Con domiciliación bancaria del pago (hasta el 26 de junio de 2017):
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Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2016, pinchando en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB)”. Puede hacerlo con su NIF, su número de referencia, DNI o certificado electrónico o con la Cl@ve PIN.
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Mediante llamada telefónica al 901 200 345/91 535 68 13.
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En las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía o Entidades locales, oa través de cita previa.
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Sin domiciliación
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Por Internet, entrando en www.agenciatributaria.es, Campaña de Renta 2016, pinchando en el Icono azul "Tramitación Borrador / Declaración (Renta WEB)”, o bien, en la Sede electrónica, si dispone de firma electrónica, ya sea mediante certificado electrónico o DNI electrónico. También puede presentar el borrador a ingresar, con su número de referencia, o utilizando la Cl@ve PIN.
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En este caso es necesario previamente realizar el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo) en una entidad financiera y obtener el NRC (Número de Referencia Completo). La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto.
Plazos para presentar el borrador
Con resultado a DEVOLVER:
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Del 5 de abril al 30 de junio de 2017, por las siguientes vías:
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Internet
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Teléfono
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Oficinas de la Agencia Tributaria (sin atención presencial)
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Cajeros automáticos, etc. (banca no presencial)
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Oficinas de entidades colaboradoras (Bancos, Cajas, Cooperativas de Crédito)
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Del 11 de mayo al 30 de junio de 2017, por las siguientes vías:
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Oficinas de la Agencia Tributaria (atención presencial con cita)
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Oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas o por Entidades locales que colaboran con la Agencia Tributaria en la campaña de Renta.
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Con resultado a INGRESAR:
1.- Con domiciliación:
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Del 5 de abril al 26 de junio de 2017:
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Internet
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Teléfono 901 200 345 (lunes a viernes de 9 a 21 horas)
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Del 11 de mayo a 26 de junio de 2017: Oficinas de la Agencia Tributaria, o las habilitadas por las Comunidades Autónomas o Entidades locales (atención presencial con cita).
2.- Sin domiciliación (con ingreso inmediato):
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Del 5 de abril al 30 de junio de 2017:
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Internet
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Cajeros automáticos, etc. (banca no presencial)
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Oficinas de entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de ahorro, Cooperativas de Crédito).