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Poco antes de las vacaciones estivales se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, el Proyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria, y de adecuación de la normativa financiera para su adaptación a la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, el cual, actualmente, se encuentra en trámite por procedimiento de urgencia.

Poco antes de las vacaciones estivales se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, el Proyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria, y de adecuación de la normativa financiera para su adaptación a la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, el cual, actualmente, se encuentra en trámite por procedimiento de urgencia.

Muchas son las medidas fiscales previstas en este Proyecto de Ley, algunas de ellas muy novedosas en cuanto que no existen precedente en nuestro sistema tributario. Como bien se indica en la exposición de motivos, se combinan medidas para atacar los nichos tradicionales de fraude, con otras medidas dirigidas a reforzar y potenciar tanto la recaudación como la seguridad jurídica de nuestro actual sistema fiscal.

Adicionalmente, podemos decir, que esta Ley se configura también como complemento necesario de la vigente “amnistía fiscal”, con la que se pretende la afloración de patrimonios ocultos en los que se hubieran materializado rentas no declaradas.

Dado que estas medidas se encuentran todavía en Proyecto, no pretendemos realizar un análisis exhaustivo y detallado de cada una de ellas, sino  más bien ofrecer una visión genérica de algunas de ellas.

Así, se establece por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, la limitación de pagos en efectivo, siendo ésta una de las medidas más llamativas consistente en la limitación del uso de dinero en efectivo en determinadas operaciones. Así, no podrán abonarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga, al menos, un empresario o profesional. La presente limitación no será de aplicación a los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito.

Además, se regula en el texto normativo el régimen de infracciones y sanciones aplicable en caso de incumplimiento de esta limitación. Dicho incumplimiento se tipifica como infracción grave, y se sanciona con multas del 25% del importe del pago hecho en efectivo, siendo responsables solidarios tanto el pagador como el receptor por lo que la Administración podrá dirigirse contra cualquiera de ellos.

Otra de las medidas previstas en la norma consiste en la obligatoriedad de suministrar información sobre determinados bienes, cuentas y valores situados en el extranjero, obligación que deberán cumplir quienes sean titulares, beneficiarios o figuren como autorizados de los mismos. Cabe señalar que dicha obligación se extiende a los titulares reales de los bienes, y su incumplimiento llevará aparejado un régimen sancionador propio y específico con sanciones que alcanzaran los 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros.

Relacionado con lo anterior, las rentas que fueran descubiertas y que no hubieran sido declaradas se imputarán al último periodo impositivo de entre los no prescritos. Medida esta que está siendo muy criticada por la mayor parte de la doctrina, en cuanto que supone la imprescriptibilidad de dichas rentas.

 

También se establecen modificaciones en el régimen de módulos, con el objetivo de acabar con uno de los muchos fraudes que a través de este régimen se producen, que no es otro que la emisión de facturas falsas por empresarios sujetos a este régimen por servicios o productos no entregados a otras empresas, beneficiándose éstas últimas de la deducción de un gasto no realizado.

 Para ello, se prevé que a partir de 2013, queden excluidos del régimen de estimación objetiva aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares, y cuyo volumen de rendimientos íntegros sea superior a 50.000 euros al año.

Igualmente, quedarán excluidos aquellos empresarios que obtengan rendimientos procedentes de otros empresarios o profesionales por importe superior a 225.000 euros. En el caso de los servicios de transporte y mudanzas, la exclusión operará con ingresos superiores a 300.000 euros, tal y como sucede con las operaciones agrícolas o ganaderas.

Con respecto al fraude en el IVA, la norma introduce diversas medidas que  tratan de reducir los comportamientos fraudulentos que en la actualidad se producen. En primer lugar, mencionar que aquellos contribuyentes excluidos del régimen de estimación objetiva en el IRPF quedarán igualmente y de forma automática excluidos del régimen simplificado de IVA. Además, se establecen nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo vinculados con la realización de operaciones inmobiliarias. Así, en relación a determinadas operaciones de entregas de inmuebles, se establece la inversión del sujeto pasivo en los supuestos de renuncia a la exención del IVA, de modo que el sujeto adquiriente sólo podrá deducirse el IVA soportado si acredita que ha ingresado el IVA repercutido. También, se adoptan una serie de medidas para evitar el fraude en situaciones concursales, distinguiéndose entre las operaciones realizadas antes y después del auto de declaración de concurso, y debiendo presentar dos autoliquidaciones diferenciadas, una por los hechos imponibles producidos con anterioridad a la declaración de concurso, y otra por los que tuvieran lugar tras la misma.

Por último, no podemos dejar de mencionar, la introducción de una serie de medidas recaudatorias que tratan de evitar que los contribuyentes, incumpliendo sus obligaciones fiscales, retrasen de forma artificiosa y fraudulenta el pago de las cuotas correspondientes. En este sentido, se elimina la posibilidad de aplazamientos o fraccionamientos de créditos contra la masa en las situaciones de concurso.

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Deducción de las cuotas de IVA soportadas cuando han sido repercutidas de forma extemporánea.

El destinatario de la operación no está obligado a soportar el IVA que le ha sido repercutido transcurrido un año desde la fecha del devengo de la operación, por lo que puede negarse a soportarla. Ahora bien, la Ley no prohíbe que decida soportar voluntariamente ese IVA que le ha sido repercutido de forma extemporánea, en cuyo caso, podrá deducírselo.

(RTEAC 21/06/2012)

La baja en el índice de entidades de la AEAT impide la inscripción del cese del administrador en el Registro Mercantil.

Aunque el cese del administrador se produzca con anterioridad a la baja de la sociedad en el índice de entidades de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, no podrá inscribirse en el RM al haberse producido el cierre de la hoja abierta a la entidad en dicho Registro. Para que la inscripción pueda tener lugar, deberá presentarse el certificado de estar dado de alta en el Índice de Entidades.

(RDGRN 20/06/2012)

La inscripción en el Registro Mercantil de la constitución de la sociedad requiere la presentación de la declaración ITP y AJD.

Así lo ha declarado el TSJ de Madrid al declarar nulo el apartado 10º de la Instrucción de 18 de mayo de 2011, de la Dirección General de Registros y del Notariado, el cual excluye la presentación de la declaración de exención por el ITP y AJD como requisito previo para la inscripción, al entender  que dicha Dirección General se está extralimitando en sus funciones interpretativas. Por tanto, aunque se trate de una operación exenta, deberá presentarse declaración haciendo constar la exención, para que la misma surta efectos en Oficina o Registro Público, ya que así lo establece la Ley del Impuesto.

(STSJ de Madrid 06/06/2012)

Solicitud on line de certificados de IRPF sin certificado electrónico

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una nueva aplicación que facilita la labor de solicitud y obtención de certificados de IRPF a través de la Sede Electrónica. De esta forma, se podrán obtener los certificados a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria con tan solo consignar el NIF y el importe de la casilla 620 de la declaración de IRPF 2011, o en su defecto un número de cuenta bancaria.

(www.aeat.es)

Las facturas extraviadas deben incluirse en el modelo 347 del ejercicio en que se recibieron

Las facturas que han sido recibidas en el ejercicio correspondiente pero fueron extraviadas, deberán incluirse en la Declaración Anual de Operaciones con Terceras Personas del ejercicio en el que se recibieron. Del mismo modo que las facturas recibidas en un ejercicio posterior al de la fecha de la factura, deberán incluirse en el modelo 347 correspondiente al ejercicio del mes en el que debe realizarse su anotación en el correspondiente Libro Registro.

(CV de la DGT de 15 de junio de 2012)

Inversión del sujeto pasivo del IVA en la entrega de inmuebles en procesos concursales

Desde el 1 de enero de 2012, cuando tenga lugar la venta de inmuebles como consecuencia de un proceso concursal, tanto si la misma es realizada en la fase común, como en la fase de liquidación, será sujeto pasivo del IVA el adquirente, siempre que tenga la condición de empresario o profesional. En estos casos, y a los efectos de la declaración de estas operaciones en los modelos 303 y 390 se procederá de la siguiente forma:

- Modelo 303: El adquirente, sujeto pasivo por inversión, tendrá que declarar esta operación como IVA devengado y como IVA soportado, y el transmitente deberá incluir esa operación en la casilla operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción.
- Modelo 390: El adquirente, sujeto pasivo por inversión, tendrá que declarar esta operación como IVA devengado por inversión del sujeto pasivo-, y como IVA soportado, en su caso, en las casillas que correspondan a IVA deducible en operaciones interiores de bienes y servicios corrientes o IVA deducible en operaciones interiores de bienes de inversión. No deberá incluirla en ninguna de las casillas de Volumen de operaciones. El transmitente deberá incluir esta operación -Operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo- o en la casilla 1 entregas de bienes inmuebles u operaciones financieras no habituales, cuando las entregas de inmuebles no constituyan su actividad habitual.

La retribución de los administradores sociales no es gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades

La retribución mensual pactada con el administrador por las labores de gerencia no constituye gasto deducible a efectos del IS. Así lo ha determinado recientemente la Dirección General de Tributos en contestación a una consulta vinculante. Entiende esta Dirección General que no es posible apreciar una dualidad de relaciones (mercantil y laboral especial), y que la relación mercantil absorbe a la laboral, por lo que dicha retribución debe considerarse una liberalidad no deducible fiscalmente.

(CV de la DGT de 25-04-2012)

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Aguirre anula la rebaja del sueldo de los empleados públicos madrileños.
La medida favorece a 160.000 trabajadores. Así, solo se aplicará la Supresión de la paga extra de Navidad establecida por el Gobierno central.
(ABC 03/08/2012)

El IVA del material escolar subirá al 21% a partir del 1 de septiembre
El IVA del material escolar pasa del tipo superreducido (un 4 por ciento) al general (un 21 por ciento) a partir del próximo1 de septiembre, resolviendo de una vez las dudas que habían surgido respecto a la fiscalidad de este tipo de productos, presentes En la cesta de la compra de las familias, especialmente ahora que se acerca el comienzo del curso escolar .Los libros de texto, los álbumes, las partituras, los mapas y los cuadernos de dibujo seguirán tributando al superreducido.
(El Economista 07/08/2012)

Monti quiere rebajarlos impuestos antes de fin de año
SE PLANTEA REDUCIR EL IRPF/ El primer ministro italiano busca fórmulas para impulsar el crecimiento. El planteamiento es el contrario al que está aplicando Rajoy.
(Expansión 16/08/2012)

El Supremo fija qué diligencias de Hacienda frenan la prescripción
El informe de valoración de un bien instado por la AEAT no interrumpe plazos.
(El Economista 21/08/2012)

Control fiscal masivo de tarjetas
Las sentencias de la Audiencia pueden ser una ayuda a la amnistía fiscal que hasta ahora no ha tenido mucho éxito.
(El economista 27/08/2012)

Los expertos tributarios reclaman tribunales fiscales internacionales
La cesión de soberanía y de recaudación de los estados genera graves litigios interpretativos.
(El Economista 06/09/2012)

“Nuestra  prioridad es el posicionamiento de la marca AEDAF en el mercado”
Mejorar la seguridad jurídica, reducir la conflictividad tributaria, mejorar nuestro sistema tributario y contribuir al fomento de la educación tributaria son los objetivos que según Antonio Durán-Sindreu tiene la Asociación Española de Asesores Fiscales.
(LegalToday.com 10/09/2012)

La reforma eléctrica disparará los precios de la luz y el gas
La reforma del sector energético que anunció el Gobierno el pasado viernes, con una batería de nuevos impuestos para Endesa, Iberdrola , Gas Natural y otras empresas, entre ellas las de renovables, como Acciona o Abengoa, repercutirá tardeo temprano en el Consumidor, con alzas en el recibo de la luz y del gas.
(Expansión 18/09/2012)

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MES DE OCTUBRE
HASTA EL 22

RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Septiembre 2012. Grandes Empresas. Modelos- 111,115,117,123,124,126,128
Tercer Trimestre 2012. Modelos-111,115,117,123,124,126,128
Pagos fraccionados Renta
Tercer Trimestre 2012:
- Estimación Directa. Modelo-130
- Estimación Objetiva. Modelo-131
Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de no Residentes
Ejercicio en curso:
- Régimen General. Modelo-202
- Régimen de consolidación fiscal (Grupos Fiscales). Modelo-222

 

IVA
-Septiembre 2012. Régimen General. Autoliquidación. Modelo-303
-Septiembre 2012. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo-322
-Septiembre 2012. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo-340
-Septiembre 2012. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo-349
-Septiembre 2012. Grupo de entidades, Modelo agregado-353
-Septiembre 2012. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo-380
-Tercer Trimestre 2012. Régimen general. Autoliquidación. Modelo-303
-Tercer Trimestre 2012. Declaración-Liquidación no periódica. Modelo-309
-Tercer Trimestre 2012. Régimen Simplificado. Modelo-310
-Tercer Trimestre 2012. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo- 349
-Tercer Trimestre 2012. Servicios vía electrónica. Modelo-367
-Tercer Trimestre 2012. Regímenes General y Simplificado. Modelo-370
-Tercer trimestre 2012. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo-380
-Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo-308
-Reintegro de compensaciones en el Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca. Modelo-341

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Septiembre 2012. Modelo-430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
-Julio 2012. Grandes Empresas (*). Modelo-553,554,555,556,557,558
-Julio 2012. Grandes Empresas. Modelos-. 561,562,563
-Septiembre 2012. Grandes Empresas. Modelo-560
-Septiembre 2012. Modelos-564,566
-Septiembre 2012 (*). Modelos-570,580
-Tercer Trimestre 2012. Modelos-521,522
-Tercer Trimestre 2012. Actividades V1, V2, V7, F1, F2. Modelo-553
-Tercer Trimestre 2012. Excepto Grandes Empresas. Modelo-560
-Tercer Trimestre 2012. Modelo-595
-Tercer Trimestre 2012. Solicitudes de devolución:
- Introducción en depósito fiscal. Modelo-506
- Envíos garantizados. Modelo-507
- Ventas a distancia. Modelo-508
- Consumos de alcohol y bebidas alcohólicas. Modelo-524
- Consumo de hidrocarburos. Modelo-572
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el Modelo-510

IMPUESTO SOBRE VENTAS MINORISTAS DE DETERMINADOS HIDROCARBUROS
Tercer Trimestre 2012. Modelo-569
HASTA EL DÍA 31

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
Tercer Trimestre 2012. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito. Modelo-195

CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA
Solicitud de inclusión para el año 2013. Modelo-CCT
La renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria, se deberá formular en el modelo de “solicitud de inclusión / comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”


MES DE NOVIEMBRE

HASTA EL 5

RENTA
-Ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2011.
Si se fraccionó el pago con o sin domiciliación en entidad colaboradora. Modelo-102

HASTA EL DIA 20.

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
-Octubre 2012. Grandes Empresas. Modelos-111,115,117,123,124,126,128

IVA
Octubre 2012. Régimen General. Autoliquidación. Modelo-303
Octubre 2012. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo-322
Octubre 2012. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo-340
Octubre 2012. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo-349
Octubre 2012. Grupo de entidades, modelo agregado-353
Octubre 2012. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo-380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Octubre 2012. Modelo-430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Agosto 2012. Grandes Empresas (*).Modelos-.553,554,555,556,557,558
Agosto 2012. Grandes Empresas. Modelos-561,562,563
Octubre 2012. Grandes Empresas. Modelo-560
Octubre 2012.-Modelos-564,566
Octubre 2012 (*) Modelos-570,580
Tercer Trimestre 2012. Excepto Grandes Empresas (*). Modelos-553,554,555,556,557,558
Tercer Trimestre 2012. Excepto Grandes Empresas. Modelos- 561,562,563
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el Modelo-510

 

 

 

 

 

 

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
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INCENTIVOS FISCALES Y FINANCIEROS, REGIMENES ESPECIALES Y ESTATUTOS FISCALES.

Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias. (BOE 7-7-2012)

OTRAS DISPOSICIONES DE INTERES

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. (BOE 7-7-2012)
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. (BOE 7-7-2012)
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. (BOE 14-7-2012)
Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero. (BOE 14-7-2012)
Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.(BOE 31-8-2012)


COMUNIDADES AUTONOMAS

Andalucía

Decreto-ley 3/2012, de 24 de julio, por el que se modifica el Decreto-ley 1/2012, de 19 de junio, de medidas fiscales, administrativas, laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, para adaptarlo al Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. (BOJA 25-7-2012)

Aragón

LEY 6/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón. (BOA 2-7-2012)

Baleares

Decreto 66/2012, de 27 de julio, de modificación del Decreto 110/2011, de 25 de noviembre, modificado por el Decreto 8/2012, de 3 de febrero, y por el Decreto 14/2012, de 2 de marzo, por el cual se fija el calendario de días inhábiles para el año 2012, a efectos del cómputo de plazos administrativos (BOCAIB 28-7-2012)

Canarias

ORDEN de 26 de julio de 2012, por la que se establecen las condiciones y el procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo 620 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados. (BOC 6-8-2012)

Castilla y León

ORDEN HAC/486/2012, de 22 de junio, por la que se regula el procedimiento de evaluación del coste de los servicios, actividades o prestaciones vinculados a las Tasas y Precios Públicos de la Comunidad. (BOCYL 3-7-2012)
LEY 4/2012, de 16 de julio, de Medidas Financieras y Administrativas. (BOCYL 17-7-2012)
LEY 5/2012, de 16 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2012. (BOCYL 17-7-2012)
ORDEN HAC/609/2012, de 29 de junio, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos. (BOCYL 1-8-2012)
ORDEN HAC/610/2012, de 23 de julio, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos. (BOCYL 1-8-2012)
ORDEN HAC/611/2012, de 23 de julio, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos. (BOCYL 1-8-2012)
ORDEN HAC/625/2012, de 17 de julio, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos. (BOCYL 2-8-2012)
ORDEN HAC/626/2012, de 17 de julio, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos. (BOCYL 2-8-2012)
DECRETO-LEY 1/2012, de 16 de agosto, por el que se establecen medidas urgentes para garantizar la estabilidad presupuestaria. (BOCYL 21-8-2012)
DECRETO 30/2012, de 16 de agosto, por el que se establece el Calendario de Fiestas Laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2013. (BOCYL 22-8-2012)

Castilla-La Mancha

Ley 5/2012, de 12/07/2012, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2012 (DOCM 18-7-2012)
Resolución de 23/07/2012, de la Dirección General de Tributos, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. (DOCM 30-7-2012)

Cataluña

LEY 5/2012, deth 20 de març, de mesures fiscaus, financères e administratives e de creacion der impòst sus es sojorns en establiments toristics. (DOGC 5-7-2012)
RESOLUCIÓN ECO/1445/2012, de 6 de julio, por la que se autoriza para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Tributaria de Cataluña. (DOGC 20-7-2012)
LEY 10/2012, de 25 de julio, de publicación de las balanzas fiscales. (DOGC 30-7-2012)

Extremadura

Decreto 119/2012, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Aprovechamientos Cinegéticos. (DOE 5-7-2012)
Orden de 20 de julio de 2012 por la que se regula la modalidad de juego del bingo denominada "Superbingo". (DOE 2-8-2012)
Orden de 26 de julio de 2012 por la que se aprueban los modelos de cartones en soporte físico para la práctica de las distintas modalidades de juego del bingo en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 3-8-2012)
Orden de 26 de julio de 2012 por la que se determinan los porcentajes de detracción aplicables a las modalidades de juego del bingo. (DOE 3-8-2012)
Decreto 157/2012, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 6-8-2012)
Orden de 1 de agosto de 2012 por la que se regula la repercusión del Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero. (DOE 9-8-2012)
Orden de 1 de agosto de 2012 por la que se aprueba el modelo 695 de autoliquidación y el modelo 698 de autoliquidación telemática del Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero, se determina la forma, el lugar de presentación y se crea el censo de entidades explotadoras de vertederos. (DOE 9-8-2012)
Orden de 6 de agosto de 2012 por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y declaración del canon de saneamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se determina la forma y el lugar de presentación y se crea el censo de entidades suministradoras de agua. (DOE 9-8-2012)

Galicia

LEY 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. (DOG 23-7-2012)
LEY 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia. (DOG 24-7-2012)
LEY 9/2012, de 3 de agosto, de adaptación de las disposiciones básicas del Real decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en materia de empleo público. (DOG 9-8-2012)
LEY 10/2012, de 3 de agosto, de modificación de la estructura del Valedor del Pueblo. (DOG 13-8-2012)

La Rioja

Ley 2/2012, de 20 de julio, de racionalización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR 23-7-2012)
Ley 4/2012, de 20 de julio, de Reforma de la Ley 6/2006, de 2 de mayo, del Defensor del Pueblo Riojano (BOR 23-7-2012)

Madrid

Ley 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica (BOCM 9-7-2012)

Valencia

DECRETO LEY 5/2012, de 6 de julio, del Consell, de medidas urgentes para el impulso de la actividad comercial y la eliminación de cargas administrativas. (DOGV 9-7-2012)


REGIMENES ESPECIALES POR RAZON DEL TERRITORIO

Régimen fiscal excepcional de Canarias

ORDEN de 5 de julio de 2012, por la que se modifica la Orden de 17 de mayo de 2011, que establece los modelos de garantía en relación con los tributos exigibles con ocasión de la importación de bienes, así como en distintas operaciones relacionadas con el Impuesto sobre las Labores del Tabaco. (BOC 13-7-2012)
DECRETO 71/2012, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2011, de 4 de agosto, y el Decreto 314/2011, de 24 de noviembre, por el que se regula el régimen de las tiendas libres de impuestos a los efectos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y la repercusión en el Impuesto sobre las Labores del Tabaco. (BOC 14-8-2012)

 Régimen Foral de Navarra

ORDEN FORAL 15/2012, de 4 de julio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 250, Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español. (BON 30-7-2012)
DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2012, de 25 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BON 31-7-2012)

Régimen de Concierto con el País Vasco

Normas del Territorio Histórico de Alava

Orden Foral 445/2012, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 26 de junio, de aprobación del modelo de declaración de residencia fiscal a efectos de aplicar la excepción de comunicar el número de identificación fiscal en las operaciones con entidades de crédito. (BOTHA 4-7-2012)
Decreto Foral 38/2012, del Consejo de Diputados de 24 de julio, que modifica los tipos de retención sobre rendimientos de actividades profesionales y establecimiento de un régimen transitorio para los años 2012 y 2013. (BOTHA 3-8-2012)

Normas del Territorio Histórico de Guipuzcua

Norma Foral 4/2012, de 4 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones en la tributación local. (BOG 10-7-2012)
DECRETO FORAL-NORMA 3/2012, de 27 de julio, por el que se modifican el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, el Impuesto sobre el Valor Añadido, los Impuestos Especiales y el Tributo sobre el Juego. (BOG 13-8-2012)
DECRETO FORAL-NORMA 4/2012, de 28 de agosto, por el que se modifican el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco. (BOG 31-8-2012)
DECRETO FORAL 35/2012, de 28 de agosto, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (BOG 31-8-2012)
DECRETO FORAL 36/2012, de 28 de agosto, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de retenciones sobre rendimientos de actividades profesionales. (BOG 31-8-2012)
ORDEN FORAL 821/2012, de 28 agosto, por la que se modifica la Orden Foral 498/2010, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOG 31-8-2012)
ORDEN FORAL 822/2012, de 28 de agosto, por la que se aprueban los modelos 322 y 353 del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOG 31-8-2012)

Normas del Territorio Histórico de Vizcaya

DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2012, de 17 de julio, por el que se modifican el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. (BOB 23-7-2012)
ORDEN FORAL 2313/2012, de 20 de agosto, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y su presentación telemática. (BOB 29-8-2012)
ORDEN FORAL 2312/2012, de 20 de agosto, por la que se aprueba el modelo 309 de autoliquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOB 29-8-2012)
ORDEN FORAL 2311/2012, de 20 de agosto, por la que se aprueba el modelo 308 de solicitud de devolución régimen especial recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y sujetos pasivos ocasionales del Impuesto sobre el Valor Añadido, y su presentación telemática. (BOB 29-8-2012)
ORDEN FORAL 2310/2012, de 20 de agosto, por la que se aprueba el modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido y su presentación telemática. (BOB 29-8-2012)

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NORMATIVA TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE A LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO DE 2012