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Noticias

Actualidad fiscal

En la RIA de esta semana, documento elaborado por el Gabinete de Estudios en el que se analiza el contenido de la nueva declaración informativa, modelo 232, publicada mediante Orden el pasado 30 de agosto, que será de aplicación para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016. En esta declaración  deberán incluirse determinadas operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas y paraísos fiscales que anteriormente se venían informando en el modelo 200 de la declaración del Impuesto sobre Sociedades. La nueva declaración, deberá presentarse, con carácter general, del 1 al 30 de noviembre del año siguiente a la finalización del periodo impositivo al que se refiere la información a presentar.

 

Ver RIA

 

Los modelos de “relación cooperativa” existentes entre la Administración Tributaria y los contribuyentes, iniciados durante la primera década de este siglo, constituyen junto con el proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) de la OCDE una de las mayores revoluciones recientes en el ámbito tributario. Este documento pretende (i) describir cuál es el estado de la “relación cooperativa” (o del “cumplimiento cooperativo”, en su acepción más reciente) en España y en los países de nuestro entorno, (ii) reflexionar acerca de las ventajas de este modelo, (iii) advertir de sus posibles riesgos y (iv) sugerir algunas propuestas para mejorar el actual entorno de la relación cooperativa en España.

Este documento pretende (i) describir cuál es el estado de la “relación cooperativa” (o del “cumplimiento cooperativo”, en su acepción más reciente) en España y en los países de nuestro entorno, (ii) reflexionar acerca de las ventajas de este modelo, (iii) advertir de sus posibles riesgos y (iv) sugerir algunas propuestas para mejorar el actual entorno de la relación cooperativa en España.

 

Ver Paper nº 12

 

Ya está disponible en formato digital la RTT nº 116 con los siguientes estudios:

  • Crónica de la RIC 2016. Las opciones de materialización en inmuebles

  • La importancia del principio de transparencia en el marco presupuestario actual

  • Exenciones tributarias de las fundaciones de asistencia social a la tercera edad y su discutible viabilidad jurídica.

 

Además la habitual selección de Jurisprudencia, Doctrina Administrativa y Novedades Editoriales.

 

Ver RTT nº 116

 

Con motivo de la presente campaña del Impuesto sobre Sociedades, y al hilo de la herramienta para la reserva de capitalización y nivelación publicada en la RIA pasada (Ver herramienta), el Gabinete de Estudios ha elaborado esta herramienta en la que, teniendo en cuenta todos los parámetros que se han de incluir en el Impuesto sobre Sociedades (ajustes al resultado contable, reservas, compensación BINs, deducciones y bonificaciones, retenciones y pagos a cuenta, etc), se calcula el asiento contable correspondiente al gasto por Impuesto sobre Sociedades.

 

Ver herramienta: Asiento contable del gasto por impuesto

En la RIA de esta semana y con motivo de la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2016, el Gabinete de Estudios ha elaborado una herramienta que espera facilite el cálculo de las reservas de capitalización y nivelación, según la normativa vigente. Para ello, se ha realizado un análisis completo del funcionamiento tanto de la Reserva de capitalización como de la Reserva de nivelación, analizando requisitos, características, funcionamiento, consultas vinculantes de la DGT, ejemplos, etc. En cuanto a la herramienta, permite al asociado calcular automáticamente las reducciones aplicables en el ejercicio en función de cada una de las reservas dotadas para poder, además, realizar un seguimiento de las mismas tanto en el ejercicio en curso como en los siguientes. 

 

Ver RIA

Nota informativa elaborada por el Gabinete de Estudios en la que se comenta la consulta vinculante V1434-17 en la que da respuesta a los interrogantes existentes en relación con las consecuencias de la presentación fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración de la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720).

 

Ver documento

 

Entre las medidas que la Ley de Presupuestos incorpora en el ámbito tributario podemos destacar las siguientes:

  • Impuesto sobre Sociedades: se modifica la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo.

  • Impuesto sobre el Valor Añadido: se reduce el tipo impositivo aplicable a los espectáculos culturales y a las monturas de gafas graduadas.

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios al 1%.

  • Impuesto sobre Hidrocarburos: se reduce el importe de las cuotas a devolver por el gasóleo utilizado en la agricultura y ganadería.

 

Ver nota informativa elaborada por el Gabinete de Estudios 

 

Se hace pública la Sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de junio de 2017, declarando la inconstitucional y nulidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012 que reguló la Declaración Tributaria Especial (DTE), comúnmente conocida como “Amnistía Fiscal”. 

Considera el Tribunal que “la disposición impugnada ha afectado a la esencia del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos que enuncia el art. 31.1 CE, alterando sustancialmente el modo de reparto de la carga tributaria que debe levantar la generalidad de los contribuyentes en nuestro sistema tributario según los criterios de capacidad económica, igualdad y progresividad. Al haberlo hecho así, es evidente que no puede introducirse en el ordenamiento jurídico mediante el instrumento normativo excepcional previsto en el art. 86.1 CE; esto conduce necesariamente a declarar la disposición impugnada inconstitucional y nula, por contradecir la prohibición prevista en este precepto constitucional.”

Sin embargo, el Tribunal Constitucional limita los efectos de este pronunciamiento y establece que no podrán verse afectadas las liquidaciones tributarias firmes que se realizaron al amparo de la norma anulada.

 

Ver Sentencia

 

Ver Nota informativa del TC

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, se modificó la jurisdicción contencioso-administrativa en relación con el antiguo recurso de casación. El nuevo recurso de casación amplía su objeto de estudio, dando cabida a todos aquellos recursos en los que el Tribunal Supremo estime que “presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”.

 

Ver Especial

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