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Noticias

Desde la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, queremos expresar nuestro rechazo ante el cambio de criterio adoptado por el Ministerio de Hacienda respecto al procedimiento de devolución del IRPF a los mutualistas, tras haber sido reconocido su derecho por el Tribunal Supremo. Esta decisión constituye una mala práctica administrativa que minusvalora los derechos de los contribuyentes, genera inseguridad jurídica y ocasiona un grave perjuicio económico y emocional a miles de afectados.

El Tribunal Supremo, mediante varias sentencias, reconoció el derecho de los mutualistas a la devolución del IRPF pagado de más, al declarar exentas de tributación determinadas cantidades percibidas en sus pensiones. Concretamente, se estableció que las pensiones generadas por aportaciones a antiguas mutualidades entre 1967 y 1978 están exentas en un 25%, mientras que aquellas correspondientes a cotizaciones anteriores a 1967 lo están al 100%. Este reconocimiento judicial abrió la puerta a que los afectados pudieran recuperar las cantidades indebidamente tributadas correspondientes a los ejercicios no prescritos.

Inicialmente, la Agencia Tributaria habilitó un procedimiento sencillo que permitía solicitar la devolución de todos los años pendientes de una sola vez, facilitando así el acceso a este derecho. Sin embargo, con el cambio de criterio adoptado por el Ministerio de Hacienda, dicho procedimiento ha sido sustituido por un sistema que obliga a los mutualistas a solicitar la devolución año por año, lo que retrasa la percepción íntegra de lo que les corresponde hasta 2029.

El cambio de criterio ha sido introducido de manera sorpresiva, eliminando el procedimiento ágil y eficiente inicialmente establecido y sustituyéndolo por un proceso más lento y complejo que fracciona las devoluciones. Esta medida provoca una clara desigualdad entre quienes ya recibieron su devolución y quienes, por causas ajenas a su voluntad, deberán esperar años para recuperar lo que legítimamente les corresponde.

No encontramos justificación alguna a la decisión tomada, ya que en ningún momento se discute el derecho de los afectados a dichas devoluciones. Únicamente se pretende fraccionar los importes a devolver a lo largo de varios años, lo que implica que los mutualistas no obtendrán la reparación íntegra hasta el año 2029.

El Ministerio de Hacienda ha argumentado que "la calendarización de las devoluciones ofrece certidumbre sobre la imputación en la contabilidad nacional de las devoluciones e implica establecer un proceso más reglado y ordenado". Sin embargo, consideramos que este razonamiento en ningún caso justifica la decisión adoptada, ya que lo que realmente está provocando es retrasar injustificadamente la devolución de cantidades que los tribunales han reconocido como legítimamente exigibles por parte de los afectados. Este retraso no hace sino aumentar el descrédito de una Administración tributaria que debería velar por la protección de los derechos de los contribuyentes y no complicar su ejercicio.

Lamentamos que, una vez más, se adopten medidas que no solo socavan la confianza en el sistema fiscal, sino que agravan la sensación de indefensión frente al poder público y envían un mensaje desalentador a la ciudadanía, precisamente en un momento en el que la confianza en las instituciones debería ser prioritaria.

Desde AEDAF solicitamos a los responsables del Ministerio de Hacienda que reconsideren esta medida y restablezcan el procedimiento anterior, permitiendo que los mutualistas puedan recuperar sus cantidades de una sola vez, como estaba previsto.

No es aceptable que se retrase innecesariamente una devolución que los tribunales han reconocido como un derecho. Instamos a las más altas instancias a actuar con responsabilidad, justicia y sensibilidad, garantizando la igualdad de trato y evitando más daños a un colectivo ya de por sí vulnerable.

Retrasar las devoluciones reconocidas no es gestionar mejor, es gestionar peor. Los contribuyentes merecen soluciones justas, no parches temporales que agraven su situación. Pedimos, en conclusión, que se revierta esta decisión y que la Administración actúe con la misma celeridad con la que exige a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Comisión Directiva de AEDAF

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