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Administrative Doctrine

Overview of the newest Consultations of the General Tax Directorate.

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  • V1226-10, de 2 de junio

    V1226-10, de 2 de junio

    • 9/27/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IS. Regímenes especiales. Fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores. Resulta procedente la aplicación del régimen especial en aquellos supuestos en los que la sociedad transmitida tenga conjuntamente socios españoles y socios no residentes en la UE (con mayoría de los derechos de voto), y la sociedad adquirente sea residente en un estado miembro de la UE distinto de España.

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  • V1198-10, de 31 de mayo

    V1198-10, de 31 de mayo

    • 9/27/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IVA. Modificación de la base imponible. La interesada, una vez practicada la reducción de la base imponible, no ha de volver a modificar ésta al alza aunque haya obtenido el cobro total de la contraprestación, salvo cuando el destinatario no actúe en la condición de empresario o profesional, o bien, habiendo reclamado judicialmente la deuda, desista de dicha reclamación o, si se ha producido requerimiento notarial, se llegue a un acuerdo de cobro.

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  • V1218-10, de 1 de junio

    V1218-10, de 1 de junio

    • 9/20/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IVA. Están sujetas y no exentas las prestaciones de servicios, consistentes en la cesión de los derechos de la propiedad intelectual efectuadas por otros sujetos distintos de los autores, tales como las propias entidades de gestión de derechos de la propiedad industrial, cuando ceden los citados derechos a los fabricantes o importadores de los equipos, aparatos o soportes materiales para la reproducción de obras.

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  • V1222-10, de 1 de junio

    V1222-10, de 1 de junio

    • 9/20/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IS. Base imponible. Partidas deducibles. La interesada no vinculada con la entidad A, decide formalizar un convenio de quita con la citada entidad, que alcanzaría hasta el 80% del crédito. En estas circunstancias, parece que la causa de condonación es evitar el perjuicio total de un crédito incobrado, renegociando el citado crédito con la finalidad de lograr su cobro, más que el "ánimus donandi" entendiéndose, por tanto, que tiene la consideración de una pérdida irreversible. Procedente deducción en el IS del gasto contabilizado por la cantidad no cobrada y objeto de condonación.

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  • V1221-10, de 1 de junio

    V1221-10, de 1 de junio

    • 9/20/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IS. Regímenes especiales: escisiones. En la medida en que el patrimonio transmitido determine la existencia de una explotación económica en sede de la sociedad transmitente determinante de una rama de actividad, que se segrega y transmite a la entidad adquirente, manteniéndose en ésta igualmente otra rama de actividad, la operación de escisión parcial cumpliría los requisitos formales para acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII del Título VII del TRLIS.

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  • V1207-10, de 1 de junio

    V1207-10, de 1 de junio

    • 9/20/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IVA. Tipo impositivo. Ejecución de obras de consolidación y reparación de viviendas ya terminadas. Obras de rehabilitación: requisitos para la aplicación del tipo reducido.

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  • V1018-10, de 24 de mayo

    V1018-10, de 24 de mayo

    • 9/13/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IS. Reorganizaciones empresariales. Régimen especial. Fusión impropia por absorción. Cuando la causa que motiva las operaciones es meramente fiscal no es de aplicación el régimen especial. En una fusión en la que la sociedad absorbida no desarrolla actividad podrá aplicarse el régimen especial siempre y cuando que la entidad no disponga de bases imponibles negativas.

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  • V1124-10, de 25 de mayo

    V1124-10, de 25 de mayo

    • 9/13/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IVA. Base imponible. La interesada cancela anticipadamente un leasing inmobiliario que tenía suscrito con una entidad financiera que liquida el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Cuando se trata de sumas pagadas en nombre propio, aunque sea por cuenta de un cliente, no procede la exclusión de la base imponible del impuesto de la correspondiente partida por no ajustarse a la definición de suplido. El sujeto pasivo no puede proceder a la deducción del impuesto que eventualmente hubiera gravado gastos pagados en nombre y por cuenta del cliente.

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  • V1128-10, de 27 de mayo

    V1128-10, de 27 de mayo

    • 9/13/2010
    • Doctrina DGT
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    IVA. Modificación de la base imponible. Una entidad, cuyo objeto social es la actividad inmobiliaria, transmite una finca con renuncia a la exención, sin que el adquirente pudiera solicitar dicha renuncia por no concurrir los requisitos para ello. Dado que la rectificación supone una minoración de las cuotas inicialmente repercutidas, el sujeto pasivo puede optar por instar procedimiento de devolución de ingresos indebidos o regularizar su situación tributaria en la declaración-liquidación correspondiente al periodo en que deba efectuarse la rectificación o en las posteriores hasta el plazo de 1 año desde el momento en que debió efectuarse la rectificación.

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  • V0962-10, de 10 de mayo

    V0962-10, de 10 de mayo

    • 9/13/2010
    • Doctrina DGT
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    IVA. La consultante adquirió en 2004 un local, y cuyo destino era el arrendamiento o la venta del mismo, por lo que procedió a la deducción de la totalidad del IVA soportado en su adquisición. Tiene previsto permutar este local con un Ayuntamiento. Al realizarse la transmisión en favor de un no empresario o profesional, la entrega está exenta y es necesario realizar la regularización prevista en el art. 110 de la LIVA, puesto que se dedujo la totalidad del Impuesto soportado en la adquisición y la entrega posterior resulta exenta, estando todavía dentro del periodo de regularización previsto en el art. 107 de la citada Ley.

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