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Administrative Doctrine

Overview of the newest Consultations of the General Tax Directorate.

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  • V0124-10, de 26 de enero

    V0124-10, de 26 de enero

    • 4/26/2010
    • Doctrina DGT
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    IRPF. Rendimientos del trabajo. La interesada percibe unas cantidades por la extinción de su relación laboral como consecuencia de ERE. Están exentas las cantidades previstas en el ET para los supuestos de extinción de la relación laboral, tributando el resto sin que se aplique reducción alguna.

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  • Impuesto sobre Sociedades. Acuerdo Sancionador

    Impuesto sobre Sociedades. Acuerdo Sancionador

    • 4/21/2010
    • Doctrina TEAR
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    RTEAR de Murcia de 21 de abril de 2010, rec. nº/2609/2009. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. ACUERDO SANCIONADOR. La motivación del acuerdo que resuelve el procedimiento sancionador exige la fijación de los hechos constitutivos de la infracción tributaria que se imputa al presunto infractor, la valoración de las pruebas practicadas y de las alegaciones formuladas por el obligado tributario. La falta de valoración de las alegaciones formuladas por el contribuyente, cuya apreciación tiene especial transcendencia en el procedimiento sancionador para valorar el elemento subjetivo que debe concurrir en la conducta sancionada, determina la anulación del acuerdo impugnado.

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  • V0122-10 de 26 de enero

    V0122-10 de 26 de enero

    • 4/19/2010
    • Doctrina DGT
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    IRPF. La contribuyente disfruta de una bonificación de cuotas a la Seguridad Social, al RETA como consecuencia de su maternidad. A los efectos del cómputo del límite del importe de la deducción por maternidad que corresponda en su caso a la interesada, se computan las cotizaciones y cuotas por sus importes íntegros, sin tener en cuenta las bonificaciones otorgadas a la misma.

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  • V0107-10 de 25 de enero

    V0107-10 de 25 de enero

    • 4/19/2010
    • Doctrina DGT
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    ITPAJD. El activo de las sociedades propietarias de las plantas de energía solar fotovoltaica, consiste en paneles móviles anclados por fijaciones al suelo, y entran en funcionamiento una vez incorporados a la instalación de que se trate, considerándose por ello inmuebles. Al estar el activo compuesto en más de un 50% por inmuebles situados en territorio español, la transmisión del 100% de sus participaciones sociales a un único adquirente está sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD.

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  • V0079-10 de 20 de enero

    V0079-10 de 20 de enero

    • 4/19/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IS. Régimen especial de las escisiones empresariales. Si la operación se realiza en el ámbito mercantil al amparo de lo dispuesto para las escisiones empresariales, cumplirá a priori las condiciones establecidas para acogerse al régimen especial. Además, las acciones de cada una de las sociedades beneficiarias de la escisión se adjudicarán íntegramente a los socios de la escindida, y no será necesario que los patrimonios segregados constituyan ramas de actividad.

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  • V0077-10 de 20 de enero

    V0077-10 de 20 de enero

    • 4/19/2010
    • Doctrina DGT
    • 0 comments

    IS. Régimen especial de los canjes de valores. La aportación de las participaciones de las sociedades a la sociedad holding por parte de las titulares, tiene la consideración de canje de valores a efectos de la aplicación del régimen especial, dado que la entidad beneficiaria del canje de valores adquiere participaciones en el capital social de otras que le permiten obtener la mayoría de los derechos de voto en las mismas. Concurrencia de motivos económicamente válidos distintos de la mera ventaja fiscal.

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  • V2812-09, de 22 de diciembre

    V2812-09, de 22 de diciembre

    • 4/12/2010
    • Doctrina DGT
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    IRPF. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Percepción de indemnización con motivo de la expropiación por el procedimiento de urgencia de unos terrenos. Dado el especial carácter de este procedimiento expropiatorio, en el que el justiprecio se fija posteriormente, puede aplicarse la regla de imputación correspondiente a las operaciones a plazos o con precio aplazado, siempre que haya transcurrido más de un año entre la entrega del bien y el devengo del cobro del justiprecio.

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  • V2823-09, de 28 de diciembre

    V2823-09, de 28 de diciembre

    • 4/12/2010
    • Doctrina DGT
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    IRPF. Suministro de equipos informáticos por la contribuyente a sus empleados mediante sustitución de parte de la retribución dineraria fija bruta por la entrega del equipo. La entrega no tendrá la consideración de rendimiento del trabajo en especie al tratarse de una simple mediación en el pago.

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  • V0069-10, de 20 de enero

    V0069-10, de 20 de enero

    • 4/12/2010
    • Doctrina DGT
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    ITPAJD. Las operaciones de reestructuración empresarial podrán tributar por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, en el caso de que la obtención del control de una sociedad con activo mayoritariamente inmobiliario o el aumento del control ya obtenido, se produzca mediante la adquisición de valores en los mercados primarios, es decir, de nueva emisión.

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  • V2833-09, de 28 de diciembre

    V2833-09, de 28 de diciembre

    • 4/12/2010
    • Doctrina DGT
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    IVA. Tipo impositivo. Variación temporal. En caso de devolución, el contribuyente deberá rectificar la base imponible y documentar dicha rectificación mediante la expedición de un tique o una factura rectificativa. Si el tipo impositivo aplicable ha variado, la modificación de la base imponible y de las cuotas repercutidas deberá efectuarse teniendo en cuenta el tipo impositivo vigente cuando se produjeron las operaciones objeto de rectificación y no el vigente en el momento de producirse la misma.

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