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Revista Técnica Tributaria

Revista de publicación trimestral que contiene artículos doctrinales, reseña jurisprudencial, doctrina administrativa y un apartado dedicado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.

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ISSN: 0214-6010
e-ISSN: 2695-6365 

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RTT 68

RTT 68

Enero-marzo 2005

  • Crónica de la RIC en 2004 (Descargar)

    Salvador Miranda Calderín

    Continuando con la redacción de las ya habituales crónicas anuales de la RIC, analizamos los principales acontecimientos relacionados con este incentivo en el recién finalizado año 2004.Ya han comenzado a pronunciarse los Tribunales de Justicia sobre este beneficio fiscal, a la vez que la DGT ha evacuado muchas más consultas que en años precedentes, algunas de ellas con carácter vinculante por aplicación de la nueva Ley General Tributaria. Apreciamos un sentido más didáctico del Tribunal Económico Administrativo Regional en las numerosas resoluciones analizadas; y una evidente preocupación en la opinión pública por los derroteros que se siguen en la materialización.

    Dividimos la crónica en siete apartados. El primero, dedicado a un enfoque general sobre el REF y la RIC al servicio de la sociedad canaria. El segundo, tercero y cuarto al análisis, respectivamente, de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), de la Audiencia Nacional (AN) y del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). El quinto para conocer las resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), y los dos siguientes para abordar las numerosas cuestiones tratadas por la Dirección General de Tributos (DGT), y las resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEARC).

    Dada la amplitud de los temas tratados, prescindo en esta ocasión del análisis de la RIC en la prensa, a la vez que señalo que la legislación aplicable durante todo el año sigue siendo la misma al 1 de enero de 2004.

  • Ingeniería fiscal en materias de mínimos exentos y de revisión de actos tributarios (Descargar)

    Joan Pagès i Galtés

    En este trabajo nos ocupamos de algunos supuestos prácticos de ingeniería fiscal, entendiendo por ella el conjunto de conocimientos y técnicas que permiten aplicar el saber científico propio de la planificación fiscal, la cual no es más que la reflexión previa de las consecuencias tributarias derivadas de los actos y negocios jurídicos.

    El objetivo de la ingeniería fiscal, por tanto, siempre es conseguir ciertas ventajas para quien posee los conocimientos suficientes para practicarla, cosa que nos muestra en toda su crudeza la importancia que tiene el saber diferenciar entre: a) la lícita economía de opción, y, b) el abuso de derecho, ya sea en su faceta de: b.1) el ilícito, pero no punible, fraude de ley; o, b.2) la ilícita y, además, punible, simulación.

    Ciertamente, la nueva LGT, aprobada por Ley 58/2.003, de 17 de diciembre (BOE de 18- XII), sustituye la figura del fraude de ley por la nueva figura del “conflicto en la aplicación de la norma tributaria” (cfr. art. 15); sin embargo, tal y como se deduce de su Exposición de Motivos (último párrafo del apartado II), esta nueva figura lo único que supone es una nueva regulación del tradicional fraude de ley, y, por ende, a nuestro modo de ver, no dejan de ser figuras equivalentes.

    Delimitado así el esquema básico de los conceptos dogmáticos constitutivos de la espina dorsal del trabajo pasaremos a desarrollarlo centrándonos en dos temas: a) La ingeniería fiscal en materia de mínimos exentos; y, b) la ingeniería fiscal en materia de revisión de actos tributarios.

  • El tratamiento fiscal de la vivienda en la normativa del IRPF (1979-2004) (Descargar)

    Pilar Pascual de Pablo, Lourdes Serna Blanco y Amaia Urkiola Fernández

    España es el segundo país de Europa con mayor tasa de vivienda en propiedad y el que otorga más ventajas fiscales a los compradores. Estas circunstancias han sido frecuentemente mencionadas entre las dinamizadoras de los precios de las viviendas en el país, los cuales se han más que duplicado en los últimos cinco años

  • Reflexiones sobre el sistema sancionador tributario : evolución histórica y cuestiones vigentes (Descargar)

    Miguel Ángel Sánchez Huete

    En un contexto en el que la aparición de una nueva Ley General Tributaria ha introducido importantes cambios en el ámbito sancionador, conviene tener presente algunas reflexiones que han configurado, hasta la fecha, el sistema sancionador tributario. Por una parte, la misma existencia de un régimen sancionador tributario específico, respecto del general aplicable al resto de la actividad administrativa, denota una singularidad que no siempre ha sido suficientemente entendida, ni convenientemente delimitada. Dicha especialidad ha residido en el establecimiento de infracciones y sanciones por normas tributarias y en la regulación de normas específicas para su imposición. Por otro lado, la clasificación bipartita hasta la fecha de las infracciones ha comportado un tratamiento singularizado a la hora de su sanción, estableciéndose sanciones de carácter proporcional, o no, según se trataran de infracciones simples o graves.Todo ello, comporta una singular regulación que se explica en parámetros propios. En tal sentido, la evidencia y explicación de la especificidad del régimen jurídico sancionador tributario, así como la configuración de sus infracciones hay que buscarla en sus antecedentes. Son los antecedentes próximos los que explican el porqué de su regulación discrepante respecto del ámbito sancionador administrativo general.

  • Análisis jurisprudencial. Los derechos fundamentales en la reciente jurisprudencia tributaria (Descargar)

    Antonio Cayón Galiardo

    Abrimos nuestra sección de Análisis Jurisprudencial recogiendo bajo este título un conjunto de recientes sentencias en las que distintos derechos fundamentales han sido decisivos en la argumentación del fallo –la ratio dicendi-, en unos casos para estimar la demanda y en otros para resolver en sentido contrario.Además de la cuestión que gira en torno a los derechos constitucionales y que justificaría por sí sola el resumen de estos pronunciamientos, son también merecedores de nuestro interés por otras razones que en cada caso se destacan en el breve comentario que acompaña al texto de cada sentencia.

  • Informe de la Asociación Española de Asesores Fiscales sobre el Borrador del Plan de Prevención del Fraude (Descargar)

    Gabinete de Estudios AEDAF

    El 29 de noviembre de 2004, el Secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, presentó el Borrador del Plan de Prevención del Fraude Fiscal, con más de trescientas medidas operativas, organizativas y normativas para prevenir la evasión de impuestos. La adopción del mismo fue justificada con las siguientes palabras:“el fraude perjudica a la mayoría de los ciudadanos que deben pagar impuestos más elevados o percibir un menor nivel de servicios al disminuir los recursos disponibles, de modo que la prevención del fraude fiscal beneficia a todos. Por ello, este Plan de Prevención del Fraude Fiscal, producto de la reflexión interna de la Agencia Tributaria, se abre al conocimiento general para que toda la sociedad pueda realizar las sugerencias y aportaciones que estime oportunas”.

    Como primera impresión, la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), entiende que el Borrador cumple su papel; intenta identificar los principales problemas que dan lugar a la aparición del fraude en España, y seguidamente, señala posibles mecanismos de respuesta. Todo ello, como no puede ser de otra manera, mediante expresiones genéricas, necesitadas de concreciones. Concreciones que desde esta primera valoración tenderán a ser muy numerosas y de importante calado.