Asóciese a AEDAF
SOLICITUD DE INFORMACIÓN
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SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
Descargar solicitud de ingreso
Si desea formalizar su ingreso en la Asociación Española de Asesores Fiscales, imprima la solicitud de ingreso y remítala cumplimentada, junto con una fotocopia del DNI o pasaporte y del título o títulos académicos que posea, por una de las siguientes vías:
-
por correo postal:
C/ O´Donnell, 7 - 1º dcha
28009 Madrid -
por email:
sedecentral@aedaf.es
Puede descargar asimismo el documento Estatutos, el cual deberá conocer y al que deberá someterse según lo especificado en el 4º punto del Boletín de inscripción.
Para ingresar como asociado se requerirá:
A) Titulación Universitaria con formación en materia tributaria u otro Título Universitario con curso de postgrado o acreditación de especialización en materia tributaria.
El artículo 6 de los Estatutos de la AEDAF establece que para ingresar como Asociado se requerirá haber obtenido alguno de los Títulos Universitarios Oficiales siguientes:
- Licenciados en Derecho, Economía o Administración y Dirección de Empresas, Profesores o Intendentes Mercantiles y Diplomados en Ciencias Empresariales.
- Cualquier otro Título Universitario Oficial español con el nivel de Grado según el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, o por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, o titulación extranjera de nivel académico equivalente, siempre y cuando el solicitante acredite su especialización en el Plan de Estudios cursado con un mínimo de doce (12) créditos en las disciplinas de fiscalidad, contabilidad y hacienda pública o cuando dichos créditos han sido adquiridos a través de un máster oficial en tributación.
- Especialización acreditada en el ámbito tributario con la realización de un Máster en Asesoría Fiscal o Cursos de Postgrado impartidos por la Asociación o las Instituciones con las que la Asociación tenga suscrito un Acuerdo de Colaboración, publicaciones, artículos o dedicación a la docencia universitaria o, en su caso, experiencia profesional fehacientemente acreditada con un mínimo de tres (3) años.
4. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
B) Únicamente podrán ser Asociados las personas físicas, sin perjuicio de que ejerzan su actividad en el seno de una organización profesional o empresarial.
C) Quienes tengan por actividad habitual y principal el asesoramiento tributario y cuenten con una experiencia de, al menos, tres (3) años, en el ejercicio de dicha profesión, ya sea por cuenta propia, o por cuenta ajena en un despacho profesional dedicado al mismo.
a. Impreso de Solicitud.
b. Fotocopia del Título o Títulos académicos.
c. Fotocopia del DNI o Pasaporte.
d. NO es necesaria la Colegiación.
A) ASOCIADOS EJERCIENTES
Tipo |
% Cuota gral. por asociado |
Importe anual por asociado |
TOTAL ANUAL |
General |
870,40 € |
870,40 € |
|
General - 2do asociado |
-20% |
696,32 € |
1392,64 € |
Despacho colectivo 3er asociado *- |
-37% |
551,25 € |
1653,76 € |
Despacho colectivo 4º asociado * |
-45% |
478,72 € |
1914,88 € |
Despacho colectivo a partir del 5º asociado * |
-50% |
435,20 € |
2176,00 € |
Menores 30 años |
10% Cuota general |
87,04 € |
87,04 € |
Menores 35 años en colectivo |
25% Cuota general |
217,60 € |
217,60 € |
Menores 35 años (gral) |
-36,67% Cuota |
326,40 € |
326,40 € |
Menores 40 años (gral) |
60% |
522,24 € |
522,24 € |
Profesionales empleados por cuenta ajena |
|
870,00 € |
870,00 € |
No residentes |
|
870,40 € |
870,40 € |
* Criterios de asociación de profesionales de un mismo despacho.
Se ha procedido a una revisión de los criterios existentes para poder solicitar el ingreso en la categoría de Asociado Ejerciente Despacho Colectivo además de la estructura de los Despachos profesionales a los que pertenecen los asociados. A la vista de los esquemas societarios que se han detectado, surgen dos tipos de estructuras en las que realmente se dan las circunstancias para la aplicación de la categoría de Asociado Ejerciente Despacho Colectivo.
-
Estructura GRUPO DIRECTO: este caso se refiere cuando la entidad que agrupa a los profesionales miembros de la AEDAF se corresponde con la entidad que factura a terceros.
-
Estructura GRUPO INDIRECTO: este caso se refiere cuando la entidad que agrupa a los profesionales miembros de la AEDAF no se corresponde con la entidad que factura mayoritariamente a los clientes de los asociados profesionales porque esta facturación a terceros la realiza una sociedad intermedia distinta del grupo.
Es preciso determinar a qué grupo pertenece el asociado ya que si el asociado pertenece a aquellas estructuras que no supongan la pertenencia a una misma estructura organizativa, jerárquica o de participación en capital, o en el caso de redes de Despachos profesionales y de acuerdos comerciales, no deberá aplicarse la categoría de Asociado Ejerciente Despacho Colectivo.
Para ello, las entidades en cuestión deberán certificar el cumplimiento de dichas condiciones a través del envío del certificado correspondiente a sedecentral@aedaf.es independientemente de que el nuevo sistema de aplicación de la cuota correspondiente a la categoría de Asociado Ejerciente Despacho Colectivo entre en vigor para la facturación del primer trimestre 2018.
Ver certificado GRUPO INDIRECTO
B) ASOCIADOS NO EJERCIENTES
Tipo |
% Cuota gral. |
Importe ANUAL por asociado |
TOTAL ANUAL |
Magistrados |
25% Cuota general |
217,60 € |
217,60 € |
Docentes |
25% Cuota general |
217,60 € |
217,60 € |
Estudiantes |
10% Cuota general |
87,04 € |
87,04 € |
Jubilados |
10% Cuota general |
87,04 € |
87,04 € |
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La facturación mensual no tiene recargo.
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En el caso de cuotas colectivas, a partir del 15º asociado, la cuota será de 217,60€.
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En confluencia de condiciones, se aplicará la más favorable al asociado.