Revista Técnica Tributaria
Revista de publicación trimestral que contiene artículos doctrinales, reseña jurisprudencial, doctrina administrativa y un apartado dedicado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.
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RTT 52
Enero-marzo 2001
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Presentación: Una perspectiva fiscal sobre las parejas de hecho (Descargar)
Nuestro ordenamiento viene atribuyendo de forma progresiva determinadas consecuencias jurídicas a las uniones de hecho “more uxorio”, de suerte que hay quien incluso rechaza la denominación misma de parejas “de hecho” en la medida en que la intervención legislativa va creciendo y juridificando las relaciones que existen entre las personas que conviven establemente con lazos de afectividad.
Si hubiésemos de levantar acta del estado de la cuestión llegaríamos a la conclusión de que son muchas las leyes y sectores en que esta intervención ha tenido lugar, encaminándose siempre en la dirección de atribuir a las parejas de hecho un tratamiento igual o semejante al de las uniones matrimoniales. En el orden tributario las cosas no se desarrollan de forma muy diferente y, en los últimos tres años, encontramos ya ejemplos importantes de esta tendencia a la equiparación y a cuyo examen dedicaremos estas páginas.
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Los regímenes de determinación de la base imponible (una reflexión a la luz de los trabajos de Sáinz de Bujanda y Palao Taboada) (Descargar)
Francisco Clavijo Hernández
La primera impresión que la experiencia proporciona a un observador de la realidad tributaria, es que los tributos aparecen configurados por un conjunto de normas por las que se pretenden ordenar las relaciones entre el Estado y los contribuyentes y resolver los contenciosos que su aplicación pudiera originar. Pero la experiencia pone de manifiesto también que las normas no sólo configuran los tributos, sino que además regulan los “medios y métodos” para fijar la intensidad de la prestación tributaria, empezando, en los tributos variables, por la determinación de la base imponible.
El análisis de la determinación de la base imponible es el objeto del presente Informe: un análisis al que deben preceder dos advertencias obligadas.
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Economía de opción, fraude de ley, sanciones y delito fiscal (Descargar)
José Juan Ferreiro Lapatza
Es saber compartido por todos los tributaristas españoles que la expresión “economía de opción” procede de Larraz1 quien ejemplifica tal concepto de la siguiente forma2 “La persona individual que necesita realizar bienes en busca de mayor liquidez, sabe que si vende títulos o inmuebles adquiridos no ha tres años, la plusvalía será gravada por renta, cosa que no sucederá si vende bienes adquiridos ha más de tres años.”
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Las XX Jornadas del Instituto latinoamericano de derecho tributario. (Descargar)
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Algunas notas sobre la regulación actual de los paraísos fiscales. (Descargar)
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Legislación (Descargar)
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Selección de jurisprudencia (Descargar)
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Selección de jurisprudencia UE (Descargar)