Revista Técnica Tributaria
Revista de publicación trimestral que contiene artículos doctrinales, reseña jurisprudencial, doctrina administrativa y un apartado dedicado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.
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RTT 23
Octubre-diciembre 1993
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Sistema tributario y Constitución. El ciudadano ante la Hacienda Pública. (Descargar)
Durante la última semana de septiembre tuvo lugar en la UIMP en su sede de Santander un Seminario dirigido por el Profesor García Añoveros que tenía como objetivo analizar el grado de penetración de nuestra norma constitucional en el ordenamiento tributario, señaladamente en el modo de aplicación de las normas tributarias y la incidencia de las garantías constitucionales en éste.
Responden las líneas que siguen a un invitación que se hace desde la dirección de la Asociación para dar noticia de los extremos más relevantes allí tratados.
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Usufructo de obligaciones y bonos. Transmisión de retenciones atribuibles. (Descargar)
Son conocidas las ventajas fiscales de ciertas obligaciones y bonos, generalmente correspondientes a empresas eléctricas, que, soportando una retención efectiva del 1,20 por 100 permiten, no obstante, deducir el 24 por 100 de la cuota del impuesto personal del perceptor.
La ventaja se concreta en esa diferencia del 22,80 por 100 que se conoce como retención atribuible.
El mercado aprecia y cotiza esas ventajas, que procuran airear en sus emisiones las empresas eléctricas, etc.
Sin embargo, ni las Entidades de Crédito o Ahorro, ni las Compañías de Seguros, poseedoras de un número considerable de tales obligaciones, pueden disfrutar de la bonificación.
Como el propietario de un huerto lleno de árboles frutales, a quien le hubieran prohibido comer fruta, estas entidades veían, con tristeza financiera, cómo los frutos, colgados de sus árboles, maduraban y caían, pudriéndose en el suelo, por culpa del severo régimen dietético que les había sido impuesto por el legislador.
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La sujeción al IVA de las entregas de bienes y prestaciones de servicios. (Descargar)
El actual Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante IVA) está regulado básicamente, como es sabido, en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre (BOE del 29), y en el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (BOE del 31), por el que se aprueba su reglamento. Esta nueva regulación contempla entre sus hechos imponibles, como ya lo hacía la regulación anterior, los referidos a «las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales y a las importaciones de bienes, y por otra parte ha incorporado como novedad el que se enuncia como las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
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Delito contable. Atipicidad de determinadas conductas tras la nueva legislación del IRPF.. (Descargar)
En este comentario, queremos analizar los efectos que ha tenido la nueva regulación del régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la aplicación del delito contable.
Nos planteamos, sobre todo, el caso del pequeño empresario (por ejemplo: comerciante, dueño de un pequeño restaurante, etc.) que, con la legislación anterior, incurría fácilmente, sin saberlo, en lo previsto en el artículo 350 bis del Código penal.