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Revista Técnica Tributaria

Revista de publicación trimestral que contiene artículos doctrinales, reseña jurisprudencial, doctrina administrativa y un apartado dedicado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.

Consejo editorial: 
ISSN: 0214-6010
e-ISSN: 2695-6365 

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RTT 84

RTT 84

Enero-marzo 2009

  • Editorial: La incompatibilidad IVA - ITPO. Aspectos procedimentales (Descargar)

    Antonio Cayón Galiardo

  • Consideraciones sobre la Memoria según el nuevo Plan General de Contabilidad (Descargar)

    Emilio Domenech Amezarri

    Consecuencia de la globalización, de la aplicación del concepto de valor razonable y de la supresión del principio de prudencia como primer principio contable, nos encontramos ante un nuevo marco contable español adaptado a las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera). Como componente de las cuentas anuales, la nueva Memoria asume el papel protagonista al ser a través de ella como un lector va a poder comprender el verdadero estado de los negocios de la sociedad, los criterios de valoración y registro de activos, pasivos, ingreso y gastos, los posibles riesgos y amenazas de su actividad, su relación con otras sociedades vinculadas y sus compromisos de futuro. En definitiva, una información transparente y exhaustiva del negocio dirigida al mercado. 

  • Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2009. Novedades fiscales. (Descargar)

    María Luisa Fernández de Soto Blass

    El Título VI de la Ley 2/2008, de Presupuestos Generales del Estado para el 2009 se refiere a las modificaciones realizadas en los distintos impuestos. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se incluye la actualización de los coeficientes correctores del valor de adquisición para las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, Se modifica la normativa sobre la tributación conjunta Se eleva el límite excluyente de la obligación de declarar aplicable a los rendimientos íntegros del trabajo. Compensaciones por la pérdida de beneficios fiscales a los adquirentes de vivienda habitual y los perceptores de rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2008. En el Impuesto de Sociedades, se incluye la actualización de los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, en los supuestos de transmisión. Se recoge la forma de determinar los pagos fraccionados. En el ámbito de los tributos locales se actualizan los valores catastrales de los bienes inmuebles. En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se procede a actualizar la escala que grava la transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos Nobiliarios. En relación a las tasas, se actualizan, en general.

  • La no sujeción a operaciones societarias de las reestructuraciones empresariales y su influencia en la aplicación del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores (Descargar)

    César García Novoa

    La Ley 4/2008 declara no sujeta al impuesto de Operaciones Societarias mientras la Dirección General de Tributos defiende la aplicación de la cláusula del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores a las transmisiones de acciones en las operaciones de reestructuración. El artículo 108 de la Ley de Mercado de Valores es una cláusula especial antielusión que determina la aplicación de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas a la transmisión de ciertos valores. La interpretación de la Administración según la cual esta cláusula puede aplicarse a operaciones gravadas en la modalidad de Operaciones Societarias es contraria a la naturaleza de una cláusula especial y al Derecho Comunitario.

  • Crónica de la RIC 2008 (Descargar)

    Salvador Miranda Calderín

    Esta Crónica anual sigue siendo el comentario de los pronunciamientos que sobre la Reserva para Inversiones en Canarias se han producido en las distintas instancias de los Tribunales de Justicia y económico-administrativos, fortalecidos este año con las abundantes sentencias de la Audiencia Nacional, que confirman casi en su totalidad el criterio administrativo sobre este incentivo. Algunos pronunciamientos del año 2007 que no fueron objeto de análisis en la última Crónica son ahora incorporados a este estudio.

  • La contabiliad y la parentela. En román paladino tributario: contabilidad de las operaciones vinculadas (Descargar)

    José Mª Gay de Liébana y Saludas

    El nuevo Plan General de Contabilidad 2007 incorpora como novedad en nuestra legislación mercantil, el tratamiento de las operaciones entre empresas del grupo. Según este nuevo marco, se examina la casuística contable en las operaciones de reestructuración: supuestos de aportaciones no dinerarias, fusiones y escisiones, bajo la primacía del principio de valor razonable sobre el del valor convenido, y de preeminencia del fondo económico sobre la forma jurídica.

  • Doctrina Administrativa (Descargar)

    • RTEAC de 5 de noviembre de 2008. Responsabilidad solidaria. Sociedad mediadora en operaciones comerciales que se imputan a sociedadesinstrumentales

    • RTEAC de 3 de diciembre de 2008. Retraso en la notificación al TEAC de una deuda dictada por la Audiencia Nacional. Intereses suspensivos: dies ad quem

    • RTAC de 3 de diciembre de 2008. IVA. Dictada una liquidación provisional no firme que reduce el saldo a compensar en ejercicios posteriores, la administración puede dictar liquidaciones sobre los ejercicios subsiguientes en que el contribuyente se aplicó aquella compensación

    • RTAC de 18 de diciembre de 2008. Vivienda habitual. Falta de declaración de la intención de reinvertir la ganancia patrimonial obtenida. Prueba de la opción de exención por reinversión

  • Jurisprudencia (Descargar)

    • STS de 12 de enero de 2008. Validez de una liquidación por el IIVTNU, girada por un ayuntamiento a una empresa constructura, tomando como base los nuevos valores catastrales aprobados, pero no notificados.

    • STS de 11 de junio de 2008. Están sujetas en España, por obligación real al resisdir en España el pagador y haberse realizado en territorio español las actuaciones artísticas, las cantidades abonadas por una sociedad española a otra holandesa, titular de los derechos de imagen de un artista

    • STS de 9 de julio de 2008. Nulidad de pleno derecho del artículo 10.3 del Real Decreto 214/1999.

  • Jurisprudencia del TJCE (Descargar)

    • STJCE de 27 de noviembre de 2008. Asunto: C-418/07. Libertad de establecimiento. Impuesto sobre Sociedades. Sociedad matriz residente que posee una subfilial residente por medio de una sociedad instrumental no residente. Consolidación fiscal y Derecho Comunitario.

    • Auto del TJCE de 27 de noviembre de 2008. Asunto: C-151/08. Artículo 104, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento- Sexta Directiva IVA. Concepto de ''impuestos sobre el volumen de negocios''. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

    • STJCE de 4 de diciembre de 2008. Asunto: C-330/07. Libre prestación de servicios. Libertad de establecimiento. Prima por inversión. Normativa nacional que reserva el disfrute de una ventaja fiscal a los bienes utilizados en un establecimiento permanentemente situado en el territorio nacional. Exclusión de los bienes cedidos a título oneroso y utilizados principalmente en otros Estados miembros.

    • STJCE de 11 de diciembre de 2008. Asunto: C-285/07. Canje de acciones transfronterizo. Neutralidad fiscal. Normativa de un Estado miembro que somete el mantenimiento del valor contable de las participaciones aportadas por las nuevas participaciones recibidas, y, por tanto, la neutralidad fiscal de la aportación, al mantenimiento de dicho valor en el balance fiscal de la sociedad dominante extranjera.

    • STJCE de 18 de diciembre de 2008. Asunto: C 488/07. Sexta Directiva IVA. Deducción del impuesto soportado. Bienes y servicios utilizados indistintamente para operaciones gravadas y para operaciones exentas. Deducción a prorrata

    • STJCE del TJCE de 18 de diciembre de 2008. Asunto: C 488/07. Sexta Directiva IVA. Deducción del impuesto soportado. Bienes y servicios utilizados indistintamente para previstos en el artículo 17, apartado 5, párrafo tercero. Obligación de aplicar la regla de redondeo del artículo 19, apartado 1, párrafo segundo