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Al día

  • 4/17/2012

    • Boletín Oficial del Estado:

    • De Interés:

      • La página web del Gobierno de La Rioja, informa lo siguiente:

        • 4/17/2012
        • 0 comments

        El Gobierno riojano ha publicado hoy en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) la orden que regula el acceso al procedimiento extraordinario de pago a proveedores con el objetivo de suministrar liquidez a las empresas que contratan con la Administración, facilitarles el proceso de cobro y contribuir de esta forma al sostenimiento de la actividad económica.
        Además, la consejera de Hacienda, Concepción Arruga, ha destacado que esta operación financiera es un “oportunidad” para las comunidades autónoma ya que las condiciones de esta línea de financiación son muy “ventajosas en un momento en que las autonomías nos estamos enfrentando a especiales dificultades para acceder al crédito dada la situación del mercado financiero”.

        El procedimiento extraordinario de pago a proveedores se extiende, con carácter general, a los bienes y servicios facturados al Gobierno de La Rioja durante el ejercicio 2011 o anteriores y que no han sido abonados antes del 15 de abril de 2012. La adhesión a esta procedimiento es voluntario, de modo que serán los propios proveedores quienes decidan adherirse o no. En este último caso, el proveedor cobrará según el modelo ordinario de la comunidad autónoma que está pagando con carácter ordinario las facturas a sus proveedores dentro de los 45 días a contar desde la contabilización de la obligación.

        La inclusión en este procedimiento tiene su punto de partida en la relación certificada provisional de proveedores y facturas pendientes de pago que el Gobierno de La Rioja ha remitido al Ministerio de Hacienda y Administración Pública. Arruga ha anunciado que “si todos los proveedores se adhieren y confirman su adhesión a este mecanismo de pago extraordinario, el importe total asciende a 76 millones de euros”.

        Este listado de obligaciones pendientes recogidas en la relación que ha remitido el interventor general al Ministerio incluye las facturas correspondientes a gasto sanitario y facturas relacionadas con conciertos en educación y servicios sociales, así como a la gestión de servicios para la Administración.
        “Esto nos va permitir, por un lado, resolver el pago a aquellos laboratorios que quieran acogerse de forma inmediata y, por otro, aprovechar las condiciones de esta línea de financiación para incluir otras facturas relacionadas con conciertos sanitarios, educativos y de servicios sociales de forma que nos evitará tener que acudir a peores condiciones que ahora mismo nos está ofreciendo el mercado financiero”.

        La consejera de Administración Pública y Hacienda ha manifestado que de esta forma “ponemos el contador sanitario a cero y pagamos mayoritariamente la deuda sanitaria estructural, que supone en torno al 80% de la deuda a proveedores”.

        En este sentido, ha explicado que, aunque en 2011 el gasto farmacéutico público descendió un 8,8% de media en España, y La Rioja fue la tercera comunidad que mejor comportamiento tuvo después de Galicia y Aragón, “el incremento del gasto farmacéutico sanitario se ha venido arrastrando de un ejercicio a otro”.
        Concepción Arruga ha insistido en que esta medida supone “un verdadero balón de oxigeno para las comunidades autónomas y la solución de un problema de Estado, ya que la repercusión de la crisis en los ingresos y en la financiación autonómica ha generado dificultades de tesorería, de financiación y por tanto de pago de proveedores, ante la necesidad de mantener la calidad de servicios básicos como la sanidad, educación y servicios sociales”.
        Procedimiento

        Una vez publicada la relación provisional que beneficiará a más de 1.000 proveedores, aunque solo 260 son aquellos cuya facturación es superior a 30.000 euros, serán los propios proveedores quienes decidan adherirse a este mecanismo siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos. Para ello, a través de la página web del Gobierno de La Rioja, www.larioja.org, en el apartado de Hacienda podrán consultar la relación provisional certificada. Además, a través del teléfono de Atención al Ciudadano 900 700 333 se atenderán todas las consultas relacionadas. Si cumplen los requisitos y el proveedor decide adherirse deberá formalizar expresamente su inclusión y comprobar que las obligaciones quedan reflejadas en la relación certificada. Los proveedores tendrán que comunicar del 2 al 22 de mayo su voluntad de incorporarse a este procedimiento. Para ello disponen de dos vías, una telemática, a través de la página web de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y otra presencial mediante escrito normalizado dirigido a la Intervención General de la Comunidad.

        De este modo, y una vez que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, autorice el mecanismo, el Gobierno de La Rioja conocerá la relación certificada definitiva y formalizará la correspondiente operación de crédito para que las entidades financieras puedan materializar las transferencias de pago a los proveedores que se hayan acogido al mecanismo y que se producirá a partir de la primera quincena de junio.

      • La página web de la Presidencia del Gobierno-La Moncloa, informa lo siguiente:

        • 4/17/2012
        • 0 comments

        Los proveedores que quieran cobrar facturas pendientes con ayuntamientos disponen hasta el próximo viernes para confirmarlo
        lunes, 16 de abril de 2012

        Los proveedores con facturas pendientes de los ayuntamientos tienen toda esta semana para comunicar que quieren cobrar dentro del mecanismo extraordinario de Plan de Pago abierto por el Gobierno, ya que, en caso contrario, no se les rembolsarán lasfacturas pendientes.
        Para ello tienen dos opciones: acudir a los ayuntamientos que les adeudan para hacer esa misma gestión en formato papel hasta el viernes 20 de abril o, alternativamente, de forma telemática a la base de datos de la Agencia Tributaria hasta el domingo 22 de abril.
         
        La información que necesita aportar cada proveedor en cualquiera de las dos vías es:
        • Número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC).
        •  Importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.
        Igualmente, la solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la entidad local implica la aceptación por parte de éstos de acudir al procedimiento.
        Comunicación por vía telemática
        Si optan por la presentación telemática, los proveedores deben acceder a la página web de la Agencia Tributaria (
        www.agenciatributaria.es) e identificarse mediante Certificado Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de certificación admitidas por la Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.
        Los proveedores deben consignar el NIF (ya sea de persona físicas o jurídica) que figure en las facturas emitidas a las entidades locales, lo que les permitirá acceder a la relación de facturas de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta bancaria donde quieren que les sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de existir.
        Una vez que manifiesten su decisión voluntaria de acudir al Plan de Pago a Proveedores, la tesorería de la respectiva entidad local excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos proveedores.
        Presentación presencial
        Alternativamente, pero no a la vez, los proveedores pueden dirigirse a la entidad local comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago, facilitando el NIF, el número de cuenta corriente y el importe del principal  con descuento de la quita, en caso de existir.
        Si los proveedores optan por la vía presencial, posteriormente las entidades locales deberán comunicar esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria.
        Web con las principales novedades
        El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publica en su web (
        www.minhap.gob.es) una página con toda la información sobre el mecanismo extraordinario de pago a proveedores, tanto de entidades locales, como de comunidades autónomas.
        En dicha página, accesible a través de un banner con la identificación "Pago a Proveedores", se accederá a toda la información relacionada con el mecanismo de pago, todas las notas de prensa publicadas, la normativa aprobada así como una relación de preguntas frecuentes para que los proveedores puedan resolver sus dudas.
        Igualmente, mediante sistema RSS, se permite suscribir alertas para conocer todas las novedades del procedimiento extraordinario de pago a proveedores

      • La página web del Consejo General del Notariado, publica el número 74 de su revista Escritura Pública, correspondiente al período marzo-abril de 2012:

        • 4/17/2012
        • 0 comments
    • Boletín Oficial de las Cortes Generales-Congreso de los Diputados:

  • 4/16/2012

  • 4/13/2012

    • Boletín Oficial del Estado:

      • Acuerdos internacionales

        • 4/13/2012
        • 0 comments
        BOE 13/04/2012.

        MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
        Acuerdos internacionales
        Aplicación provisional de la enmienda al Acuerdo de Servicio de Préstamo de 80.000.000.000 euros entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania, como Prestamistas y la República Helénica como Prestatario, el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecha en Bruselas el 27 de febrero de 2012 y en Atenas el 24 de febrero de 2012.

      • Acuerdos internacionales

        • 4/13/2012
        • 0 comments
        BOE 13/04/2012.

        MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
        Acuerdos internacionales
        Enmienda al Acuerdo de Servicio de Préstamo de 80.000.000.000 euros entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania, como Prestamistas y la República Helénica como Prestatario, el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecha en Bruselas el 14 de junio de 2011 y en Atenas el 10 de junio de 2011.

    • Boletín Oficial de Navarra :

      • ORDEN FORAL

        • 4/13/2012
        • 0 comments
        BON 13/04/2012.

        ORDEN FORAL 64/2012, de 4 de abril, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se dictan las normas para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al año 2011, se aprueban los modelos de declaración y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios telemáticos.

    • De Interés:

      • La página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, informa:

        • 4/13/2012
        • 0 comments

        Ampliación del próximo plazo de presentación de declaraciones con domiciliación bancaria del pago 


        Ante las dificultades de acceso a la sede electrónica provocadas por la fuerte demanda de los servicios de asistencia puestos a disposición de los ciudadanos en la Campaña de Renta 2011, se están tramitando las modificaciones normativas precisas para prorrogar dos días el próximo plazo de presentación de declaraciones con domiciliación bancaria del pago.
        La medida afectará a los modelos de declaración más importantes, que a continuación se relacionan, cuyo próximo plazo de presentación con domiciliación bancaria se prorrogará del 15 de abril al 17 de abril de 2012.
        Al mismo tiempo, se continúan tomando medidas para garantizar el normal acceso a todos los servicios de la sede electrónica y, en particular, a la presentación de las declaraciones.
        Lamentamos profundamente los inconvenientes que esta situación está generando.

        RELACIÓN DE MODELOS DE DECLARACIÓN CUYO PRÓXIMO PLAZO DE PRESENTACIÓN CON DOMICILIACIÓN BANCARIA DEL PAGO SE PRORROGARÁ HASTA EL 17 DE ABRIL DE 2012.


        Modelo 111. IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
        Modelo 115. IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
        Modelo 123. IRPF, IS e IRNR (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta. Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
        Modelo 130. IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Declaración – Liquidación.
        Modelo 131. IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Declaración – Liquidación.
        Modelo 202. IS. Pago fraccionado régimen general.
        Modelo 222. IS. Pago fraccionado Régimen de Tributación de los Grupos de Sociedades.
        Modelo 303. IVA. Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación.
        Modelo 310. IVA. Régimen simplificado.
        Modelo 353. IVA. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
        Modelo 560. IIEE. Impuestos sobre la electricidad.
        Modelo 561. IIEE. Impuestos sobre la cerveza.
        Modelo 562. IIEE. Impuestos sobre productos intermedios.
        Modelo 563. IIEE. Impuestos sobre alcohol y bebidas derivadas.
        Modelo 564. IIEE. Impuestos sobre hidrocarburos.
        Modelo 566. IIEE. Impuestos sobre labores del tabaco.

  • 4/12/2012

    • Boletín Oficial del Estado:

      • Corrección de errores del Real Decreto-ley 10/2012

        • 4/12/2012
        • 0 comments
        BOE 12/04/2012.

        Autoridades financieras
        Corrección de errores del Real Decreto-ley 10/2012, de 23 de marzo, por el que se modifican determinadas normas financieras en relación con las facultades de las Autoridades Europeas de Supervisión.

      • Corrección de errores del Real Decreto 1491/2011

        • 4/12/2012
        • 0 comments
        BOE 12/04/2012.

        Entidades sin fines lucrativos. Plan General de Contabilidad
        Corrección de errores del Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.

      • Resolución

        • 4/12/2012
        • 0 comments
        BOE 12/04/2012.

        Protección de deudores hipotecarios
        Resolución de 10 de abril de 2012, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publican las entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.

    • Boletín Oficial del País Vasco:

      • CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 5/2012

        • 4/12/2012
        • 0 comments
        BOPV 12/04/2012.

        Presidencia del Gobierno
        CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

    • De Interés:

      • La página web de la Presidencia del Gobierno-La Moncloa informa:

        • 4/12/2012
        • 0 comments

        Sesión de control en el Congreso

        Rajoy adelanta que no podrán pagarse en efectivo operaciones de más de 2.500 euros
         
        11/04/2011. El presidente del Gobierno ha anunciado que el plan contra el fraude fiscal que se aprobará este viernes incluirá una medida para limitar la cuantía de las operaciones en efectivo a 2.500 euros cuando intervenga un empresario profesional.
        Mariano Rajoy ha recordado que España tiene que cumplir sus compromisos adquiridos para lograr el objetivo del crecimiento económico y la creación de empleo. Para ello resulta imprescindible reducir el déficit público y con ese fin se ha adoptado una medida extraordinaria, sólo vigente este año, para aflorar activos no declarados "que hoy pagan cero y a partir de ahora pagarán el 8 o el 10%".
        En respuesta al diputado de IU Cayo Lara en la sesión de control al Gobierno, el presidente ha explicado que se trata de "un incentivo para acabar con los paraísos fiscales, un instrumento para reducir la economía sumergida que al aflorar procurará ingresos continuados en el futuro".
        Además, ha afirmado que se trata de un sistema admitido por la OCDE y que ya se ha practicado en países como Alemania o Italia. También ha recordado que ya se hizo en España "en 1977, 1984 y 1991 y eso sí fue una amnistía porque esas rentas pagaban el 0, ahora pagarán el 8 o 10%", y que irá acompañado por la aprobación este viernes de un plan contra el fraude fiscal.
        A este respecto ha adelantado que incluirá una medida de limitación de pagos en metálico: "No podrán pagarse en efectivo operaciones a partir de 2.500 euros en las que intervenga al menos un empresario profesional. Quienes lo incumplan se enfrentarán a multas del 25% del valor del pago hecho en efectivo".

         

    • Boletín Oficial de las Cortes Generales-Congreso de los Diputados:

      • Proyectos de Ley

        • 4/12/2012
        • 0 comments
        BOCG 12/04/2012.

        Proyecto de Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Dictamen de la Comisión.

  • 4/11/2012

    • Boletín Oficial del Estado:

      • Resolución

        • 4/11/2012
        • 0 comments
        BOE 11/04/2012.

        Mediación 

        Resolución de 29 de marzo de 2012, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Resumen: Acuerdo de convalidación por el Congreso, de este Real Decreto-ley.

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