Doctrina Administrativa
Reseña de las Consultas más novedosas.
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TEAC R.G.: 2318/2015 de 6 de octubre de 2016. IRNR
- 31/01/2020
- Doctrina TEAC
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¿Podría ampliarse el plazo de dos años para la exención por reinversión en vivienda habitual, por retraso de entrega no imputable al comprador?
- 06/01/2020
- Doctrina DGT
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La indemnización recibida por no aceptar la reincorporación en el puesto ofrecido tras una excedencia laboral no está exenta de IRPF
- 06/01/2020
- Doctrina DGT
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Acuerdo de ejecución por la Administración tributaria de una previa resolución económico-administrativa o sentencia judicial que incluye hechos o elementos fácticos nuevos respecto a los incluidos en la previa resolución o sentencia
- 06/01/2020
- Doctrina TEAC
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TEAC, Sala Primera, R, 13 Dic. 2019, Rec. 4739/2017
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La cuestión controvertida consiste en determinar si solicitado en período ejecutivo y antes de la notificación de la providencia de apremio el aplazamiento de una deuda, su concesión no permite la reducción del 10% del recargo
- 06/01/2020
- Doctrina TEAC
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Determinación de si es motivo económico válido concentrar los activos financieros en una única entidad que no tenga riesgos financieros (avales)
- 18/12/2019
- Doctrina TEAC
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TEAC, R, 8 Oct. 2019, Rec. 4869/2016
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Requisitos para el diferimiento de la imputación temporal del gasto y deducibilidad
- 16/12/2019
- Doctrina TEAC
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Forma de calcular el importe máximo del incremento de la deducción por maternidad cuando el menor ha estado matriculado en una escuela infantil sólo unos meses
- 16/12/2019
- Doctrina DGT
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Consulta Vinculante V2430-19, de 13 Sep. 2019. Dirección General de Tributos
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Efectos en el IRPF de la anulación de la tarifa plana del RETA
- 16/12/2019
- Doctrina DGT
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IRPF. Deducción por inversión en vivienda habitual.
- 11/12/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de Galicia de 18 de octubre de 2019. IRPF. La reclamante interpone la presente reclamación contra las liquidaciones provisionales en las que se suprime su derecho a aplicarse la deducción por inversión en vivienda habitual, pues la Administración considera que no queda suficientemente acreditado el carácter de la correspondiente vivienda como “habitual”. No obstante, se establece que la parte actora es la obligada a acreditar las correspondientes pruebas, pues es la que ha de hacer valer su derecho. Por este motivo, tras analizar el Tribunal las pruebas aportadas por la reclamante y por su cónyuge en otra REA contra liquidaciones provisionales practicadas por el mismo motivo y dada la presunción de convivencia de los cónyuges, en un juicio racional y lógico se da por acreditado el carácter habitual de la vivienda en cuestión.