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Jurisprudencia

Reseña de las últimas Sentencias y Resoluciones con mayor relevancia en el ámbito tributario.

Filtros de búsqueda
  • STSJ de Castilla-La Mancha de 1 de marzo de 2010

    STSJ de Castilla-La Mancha de 1 de marzo de 2010

    • 11/10/2010
    • Jurisprudencia
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    IRPF e IS. Régimen fiscal especial. El hecho de que la operación de escisión parcial cumpla con las prescripciones necesarias para ser considerada como tal desde el punto de vista mercantil, no determina el disfrute directo del régimen fiscal especial establecido para dichas operaciones.

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  • STSJ de Madrid de 22 de febrero de 2010

    STSJ de Madrid de 22 de febrero de 2010

    • 11/10/2010
    • Jurisprudencia
    • 0 comentarios

    ISD. Donaciones. Base liquidable. Comprobación de valores. La Administración, a la hora de valorar las acciones objeto de donación puede, bien, acudir al sistema de valoración dispuesto en el art. 16 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio , bien, acudir a los sistemas previstos en el artículo 52 de la Ley General Tributaria , al que se remite el artículo 18 de la referida Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones con el fin de encontrar el medio que estime más idóneo para valorar las mismas, no existiendo, en definitiva, esa limitación de verse vinculada la Administración con el último balance aprobado por la mercantil, limitación que solo existe a los efectos de liquidar el Impuesto sobre el Patrimonio.

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  • STSJ de La Rioja de 21 de mayo de 2010

    STSJ de La Rioja de 21 de mayo de 2010

    • 11/10/2010
    • Jurisprudencia
    • 0 comentarios

    ISD. Donaciones. Base liquidable. Prueba de que el donatario ejerce funciones retribuidas de dirección en la empresa: procede la aplicación de la reducción en el ISD, no obstante el carácter gratuito del cargo de administrador y de que en las nóminas figurase como encargado.

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  • STS de 14 de julio de 2010

    STS de 14 de julio de 2010

    • 11/10/2010
    • Jurisprudencia
    • 0 comentarios

    ISD. Sucesiones mortis causa. Comprobación de valores. Participaciones en entidades. Para determinar el valor real de unas participaciones mediante el método consistente en capitalizar al 20% los beneficios de los tres últimos ejercicios se han de excluir los beneficios extraordinarios.

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  • RTEAC de 5 de mayo de 2010

    RTEAC de 5 de mayo de 2010

    • 04/10/2010
    • Jurisprudencia
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    PRESCRIPCIÓN. Improcedencia de la ampliación del plazo, debido a que el motivo determinante de la ampliación del plazo de las actuaciones inspectoras fue la especial complejidad técnica que revestía valorar las actividades calificadas como de I+D por la empresa.

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  • SAN de 28 de julio de 2010

    SAN de 28 de julio de 2010

    • 04/10/2010
    • Jurisprudencia
    • 0 comentarios

    NOTIFICACIONES TRIBUTARIAS. Invalidez. La notificación de la liquidación se produce con una entidad distinta de la que era destinataria de la misma, y no se efectuó de forma correcta y no ofrece garantías de que pudiera llegar a su destinatario en tiempo y forma, permitiéndole su íntegro y completo conocimiento, y posibilitando a su vez el recurso o reclamación frente al mismo.

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  • SAN de 11 de marzo de 2010

    SAN de 11 de marzo de 2010

    • 04/10/2010
    • Jurisprudencia
    • 0 comentarios

    IS. Consolidación. El efecto impositivo derivado de la existencia de una base imponible negativa en una sociedad del grupo fiscal que se compensa dentro del mismo supone la contabilización de un crédito y débito recíproco entre la sociedad a la que corresponde dicha base imponible negativa y las sociedades que la compensan.

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  • RTEAC de 7 de abril de 2010

    RTEAC de 7 de abril de 2010

    • 04/10/2010
    • Jurisprudencia
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    IS. La regla de local afecto y persona empleada es un requisito mínimo e imprescindible pero no suficiente para calificar la actividad de arrendamiento inmobiliario como económica.

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  • STSJ Castilla y León 23 de diciembre de 2009

    STSJ Castilla y León 23 de diciembre de 2009

    • 27/09/2010
    • Jurisprudencia
    • 0 comentarios

    RECAUDACIÓN TRIBUTARIA. Sucesores y responsables tributarios. Responsabilidad subsidiaria del administrador de la sociedad. La declaración de fallido del deudor principal debe venir precedida por una actuación administrativa en la que se agoten las posibilidades de realizar los bienes de la responsable principal.

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  • STSJ Madrid de 4 de marzo de 2010

    STSJ Madrid de 4 de marzo de 2010

    • 27/09/2010
    • Jurisprudencia
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    Art. 108 LMV. IRPF. Base imponible. Ganancias patrimoniales. Valoración de las ganancias. El interesado obtuvo una ganancia patrimonial por la transmisión de unas participaciones sociales de una entidad mercantil. Se trata de una sociedad de mera tenencia de bienes, en la que el único activo relevante y que justificó el precio pagado por las acciones, era el inmueble. Lo determinante para pagar ese precio por las acciones fue precisamente el valor de inmueble, al margen del contable. El valor satisfecho por las acciones tenía correspondencia con el valor real de inmueble, como precio acordado por partes independientes, por lo que debe acudirse al valor real del activo, y no al contable.

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