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Noticias

Actualidad fiscal

A partir del 8 de marzo de 2009 se iguala el limite de exención de las indemnizaciones por despido por causas objetivas  o consecuencia de un ERE con el establecido por despido improcedente (45 días por año con el limite de 42 mensualidades)

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El Tribunal Supremo determina que la declaración-resumen anual interrumpe la prescripción. Se basa en el contenido liquidatorio del resumen anual que supone una ratificación de las liquidaciones efectuadas durante el año. La confirmación del criterio expuesto en esta sentencia, supondría una ampliación de los plazos de la prescripción tributaria.

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Convergencia í Unió ha presentado una proposición no de ley, instando al Gobierno a que excluya de la obligación de documentar las operaciones vinculadas a aquellas transacciones cuyo importe conjunto no supere 100.000 €, que establezca criterios objetivos y precios de mercado aplicables, con carácter general, para PYMES, y suprimir el régimen sancionador de las operaciones vinculadas para estas entidades.

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El pasado 30 de enero, fue publicada en el BOE la Orden EHA/99/2010, de 28 de enero, por la que se desarrollan para 2010 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

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La Comisión Europea ha emitido un informe motivado, solicitando a España que modifique la redacción del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores, para eliminar la doble imposición en las aportaciones de capital con toma de control, por ser la normativa contraria a la Directiva relativa a los impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales (2008/7/CE).

El próximo día 2 de febrero, en Madrid, y el día 10 en Barcelona, comienza el “Curso de Dirección y Gestión Empresarial de Despachos Profesionales”, con una duración de 5 sesiones cada uno, organizado por la Sección de Gestión de Despachos Profesionales de la AEDAF en colaboración con Jordi Amado & Consultores Asociados. Aforo limitado a 25 personas

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Normativa propia de cada Comunidad Autónoma, así como las novedades en cada uno de los territorios con respecto al año precedente.

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La domiciliación bancaria, único medio de pago para aplazamientos o fraccionamientos. Su modificación deberá realizarse obligatoriamente a través de la sede electrónica de la AEAT, o telefónicamente.

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